Ministerio de Trabajo insta a las empresas a cumplir con el pago de aguinaldo
El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) insta a las empresas a cumplir con el pago del aguinaldo, que es una remuneración anual complementaria. Es un derecho garantizado a los trabajadores del sector público y a los del sector privado que se encuentren en relación de dependencia con una empresa.
El aguinaldo es equivalente a la doceava parte de las remuneraciones que recibimos durante el año, es decir, incluye salario, horas extras, comisiones u otras, (no incluye bonificación familiar ni subsidio por maternidad) el empleador está obligado a abonar sus empleados antes del 31 de diciembre.
Un punto importante a resaltar, es que el aguinaldo es inembargable y cuenta con una protección especial ante los descuentos, según establece el artículo 245 del Código de Trabajo.
La ley establece que este décimo tercer salario debe ser pagado antes del 31 de diciembre y el trabajador puede denunciar no haber recibido el pago a partir del 2 de enero. Las llamadas pueden ser anónimas.Estas denuncias exponen al empleador, en principio, a una inspección laboral que puede dar inicio a un sumario administrativo; en caso de que se constate el incumplimiento, se aplicará una multa de 10 jornales mínimos por cada trabajador.