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3 de diciembre de 2024
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Tras críticas, Peña se declara ahora abierto a discutir y modificar el IRP

  • enero 10, 2017
  • 4 min read
Tras críticas, Peña se declara ahora abierto a discutir y modificar el IRP

El ministro de Hacienda, Santiago Peña, aseguró ayer, tras las fuertes críticas recibidas, que están abiertos a escuchar cuestionamientos puntuales sobre el Decreto 6560/16 que modifica la reglamentación del impuesto a la renta personal (IRP), a fin de analizar y si corresponde hasta modificar la nueva normativa, que rige justamente desde ayer tras su publicación en la Gaceta Oficial.

La apertura se da luego de las numerosas críticas realizadas desde los gremios empresariales como la Feprinco, la Unión Industrial Paraguaya (UIP), la Cámara de Anunciantes del Paraguay (CAP), la Cámara Nacional de Comercio y Servicios de Paraguay (CNCSP), de profesionales contadores y tributaristas.

Estos sectores sostienen, entre otras cosas, que el cambio en las reglas de juego cerca de finalizar el año habla muy poco de la transparencia en el manejo de la cosa pública, de las dudas sobre la legalidad de las medidas, que los cambios van en contra de la formalización de la economía con el solo objetivo de recaudar más y que las leyes pueden cambiar en cualquier momento en el país de acuerdo al clima político, lo que representa una mala señal para el mundo.

El ministro Peña justificó la medida señalando que hasta ahora no encontró ningún elemento o artículo que esté fuera de la ley, sino solo reacciones de gente de la UIP y la CNCSP que cuando se le consultó si habían leído el decreto le manifestaron que no. “¿Cómo van a quitar un comunicado si no leyeron el decreto?”, se preguntó.

Peña se apoyó en las declaraciones del abogado tributarista Carlos Mersán, para señalar que este aclaró suficientemente que lo que está en el decreto está en la ley, que son copias textuales y que no existe cambio como se viene insistiendo desde el sector privado.

Además, las modificaciones previstas para el próximo año serán establecidas por resolución de la administración fiscal, como el caso de las retenciones, por lo que no entrarán a regir desde el 1 de enero como se menciona.

El ministro de Hacienda explicó que pidió a los empresarios que si hay un elemento puntual del decreto que lo digan, porque “nosotros estamos abiertos para evaluar, para discutir”. En ese contexto, aseguró que existe apertura total de Hacienda para discutir el tema y esto significa que si tienen puntos concretos y tiene asidero legal, no habrá inconvenientes para modificar la nueva normativa.

A través del Decreto 6560 que modifica varios artículos del Decreto 9371/12 por el cual se reglamenta el IRP, el Ejecutivo dispuso los cambios que rigen ya para el actual ejercicio e implica que los contribuyentes deberán declarar bajo estas nuevas reglas, que principalmente afecta las inversiones que serán deducibles del impuesto.

Son 31 artículos, relacionados al hecho generador, ingresos por ganancias, ingresos por enajenación ocasional, familiares a cargo, gastos e inversiones, entre otros, los que están en vigencia. Por su parte, a partir de enero de 2017 regirán los artículos 24, 29 y 48.

Aplicación del impuesto

El IRP está en vigencia desde el 1 de agosto de 2012 y ese primer año alcanzó a las personas físicas con ingreso superior a 120 salarios mínimos al año (hoy equivale a G. 218.886.600). El rango no incidido del impuesto (base para establecer las personas físicas que serán contribuyentes) cada año disminuye y en este 2016 afecta a las personas físicas con ingreso superior a 72 salarios mínimos, que representa G. 131.331.960. Los contribuyentes cuyos ingresos superan 120 salarios mínimos pagan una tasa del 10% y los de menores ingresos 8%.

 

Fuente: ABC Color

 

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